Todo lo que debes saber sobre la Ley de Salud Mental y la cobertura de isapres
- 16 feb
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La Ley 21.331 sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental[1] reconoce y protege los derechos fundamentales de las personas a la integridad física y psíquica. En términos prácticos, esto se traduce en resaltar la importancia de la salud mental dentro de los planes de salud que ofertan las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES). Si hasta el año 2021 existían dentro de los planes individuales de salud algunas “coberturas restringidas”, entre las cuales se encontraban las prestaciones de salud mental y psiquiátrica, desde marzo del año 2022 la cobertura de estas prestaciones se debe equiparar con las prestaciones de salud física.
En otras palabras, las ISAPRES deben ofrecer en sus planes prestaciones de salud mental sin topes ni restricciones de bonificación anuales respecto de las demás prestaciones de salud física.[2] El objetivo es no discriminar la cobertura que se entrega a la salud mental respecto de la salud física.
¿Qué significa esto para mí como potencial paciente que busca un espacio terapéutico para hablar sobre mis malestares cotidianos en el trabajo, en mis estudios, en mi vida diaria o en mi relación de pareja? Esto significa que, bajo esta Ley, tengo derecho a que mi plan de ISAPRE cubra exactamente lo mismo si es que voy a un médico general o a un psicólogo. Por ejemplo, si mi plan cubre un 80% de una consulta de medicina general, entonces deberá cubrir también el 80% de mi consulta psicológica. Además, quedan prohibidas las restricciones a la cantidad de sesiones psicológicas o psiquiátricas reembolsables en un año.
Pero ¿Qué pasa si mi plan de salud de ISAPRE es anterior a marzo del año 2022? Para cumplir con la Ley 21.331, las ISAPRES deben ajustar sus planes para equiparar las prestaciones, lo que para algunas y algunos afiliados no se ha reflejado de manera automática en sus planes de salud. En caso de que mi plan aún no se haya ajustado a la norma vigente, me debo comunicar con mi ISAPRE y solicitar la actualización del plan, y no necesariamente un cambio de plan. En caso que mi ISAPRE rechace mi solicitud, puedo presentar un recurso de protección frente a la corte de apelaciones[3] dentro de los 30 días siguientes al hecho, mencionando por escrito la vulneración de derecho al acceso de las prestaciones de salud mental.
Por lo tanto, con la entrada en vigencia de esta Ley, una consulta psicológica de $40.000.- puede llegar a tener un reembolso de $36.000.- dependiendo del porcentaje de cobertura del plan de salud, beneficio que fomenta la cobertura y facilita sostener la continuidad necesaria que exige un espacio terapéutico adecuado para dar tratamiento al malestar psicológico y a las patologías de salud mental.
Sin salud mental no hay salud; sin salud no hay salud mental
[1] Ministerio de Salud (2021): Ley 21.331. Del Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención de Salud Mental. [En línea] Disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/ navegar?idNorma=1159383
[2] Para profundizar en los efectos que ha tenido la implementación de la Ley 21.331 en la efectiva cobertura financiera asociada a las prestaciones por salud mental respecto de la salud física, véase: Documento de trabajo. Evaluación de la Ley 21.331 de Salud Mental en Chile – Cobertura Financiera y Licencias Médicas en Isapres Abiertas. Disponible en:
[3] Para profundizar en qué consiste este recurso jurídico que se presenta frente a situaciones que vulneran derechos fundamentales, véase: Ley Fácil. Recurso de protección. En https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/recurso-de-proteccion




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